Desde el 2019, Ciudad Jardín es considerada un Área de Protección Urbana luego de que el Concejo Deliberante haya aprobado la ordenanza. Para cuidar su encanto y espíritu, entró en vigencia el nuevo Código de Ordenamiento Urbano de Tres de Febrero, que fue publicado junto al Plan Urbano Estratégico.

Lo que busca esta nueva legislación es definir las características de las edificaciones para proteger la fisionomía de la localidad que desde hace 75 años es la “ciudad jardín” de Latinoamérica. El objetivo es mantener su identidad característica: la combinación perfecta entre el trazado urbano y la naturaleza.

El Código de edificación anterior había sido sancionado en 1985, por eso era necesaria una modificación que reflejara una mirada actualizada de la ciudad que fomente el respeto por los pilares en los que se basaron los arquitectos y fundadores de la localidad, Erich Zeyen y Germán Wernicke.

Por eso, te recordamos que si vas a construir, ampliar o modificar tu vivienda en Ciudad Jardín, es necesario que tengas en cuenta los siguientes lineamientos:

Retiro obligatorio

Para construir, se debe respetar un retiro mínimo de 3 metros desde la línea municipal, que separa propiedad privada de la vereda. Dentro de ese retiro obligatorio se pueden permitir cocheras semi-cubiertas.

Cubiertas de tejas o pizarras

Las cubiertas de los techos que sean visibles desde la vía pública deberán ser de tejas, pizarras o similar equivalente. En este último caso, el tipo de cubierta deberá estar autorizado por el municipio. Se establece una pendiente mínima del 30%.

Muros sobre línea municipal

Los muros o paredes ciegos sobre la línea municipal (y en los segmentos divisorios con los vecinos, en el sector de retiro de frente obligatorio de 3 metros) tendrán una altura máxima de 1 metros y podrán elevarse hasta 2 metros con cerco vivo o materiales transparentes (reja o vidrio).

Muros sobre línea municipal en esquinas

Se permite un muro ciego sobre línea municipal en parcelas de esquina en hasta un 40% del desarrollo total del frente, con un máximo de 6 metros de longitud y 2 metros de altura.

Viviendas multifamiliares

Se permiten dos viviendas como máximo sólo en parcelas de 12 metros lineales o más. Cada vivienda no puede tener menos de 4,05 metros lineales de frente y su superficie cubierta mínima útil deberá ser superior a 45 m2. Es decir, no se permiten más de dos viviendas en una misma parcela.

Terreno absorbente

Obliga a dejar un mínimo de 50% de terreno absorbente en el retiro obligatorio de frente de 3 metros.

Altura máxima

La altura máxima de edificación es de 9,5 metros para casas entre medianeras y de 12 metros para casas de perímetro libre (aquellas que están separadas como mínimo 4 metros de las parcelas linderas).

Construcción en fondo de parcela

Se prohíbe la construcción por sobre los 3 metros de altura en la franja de 4 metros de distancia medidos desde el eje medianero del fondo del terreno.

Cochera obligatoria

Todas las casas deberán tener un espacio guardacoche o dejar previsto el espacio suficiente para su futura construcción.

Bajada de cordón

Se permite una única bajada de cordón para acceso vehicular por vivienda.

Además de declarar a Ciudad Jardín un Área de Protección Urbana, en los últimos 4 años de gestión llevamos adelante una puesta en valor en sus lugares emblemáticos, que permitieron mejorar la convivencia urbana y la seguridad. Hicimos arreglos en la Plaza de los Aviadores, donde instalamos juegos infantiles y restauramos el avión; renovamos la Plaza Plate, la Plaza de los Ajedrecistas y la Plazoleta Güemes; y reparamos las veredas del Boulevard San Martín para potenciar la zona comercial.

Todos estos avances se sumarán a la próxima etapa, donde trabajaremos en la Plaza Lodelpa; instalaremos 100 % de luces LED en todo el barrio y repavimentaremos las calles dañadas con materiales de calidad para que los arreglos perduren en el tiempo.