Licencias de
LICENCIA ORIGINAL
A través del trámite podés obtener una licencia de conducir por primera vez o aquella licencia que se obtiene después de una vencida con fecha mayor a los 90 días.
Los requisitos de este trámite corresponden a las normativas Ley Nacional Nº 24.449 y Ley Provincial Nº 13.927.
Requisitos
- DNI con domicilio en el distrito (original y copia).
- Comprobante de grupo y factor sanguíneo emitido por una entidad hospitalaria pública o privada (original y copia) y firmada por un médico.
- Turnos hasta el 31 de octubre: comprobante de curso teórico de la categoría correspondiente.
- Turnos desde el 1 de noviembre: material de estudio para el examen teórico presencial obligatorio. El curso teórico es un complemento.
Pasos a seguir
- Reservá tu lugar para Licencias de Conducir a través de la turnera de las sedes municipales de Caseros o Ciudadela.
- Presentate en la sede seleccionada el día del turno con la documentación y realizar el pago de tasa CEPAT, CENAT y de la categoría correspondiente.
- Turnos a partir del 1 de noviembre: realizar el examen teórico presencial obligatorio.
- Realizar el test psicológico y médico.
- Se te otorgará un turno para la playa de manejo.
- Presentate en la playa de manejo para rendir el examen (Avenida Justo José de Urquiza 4200, Caseros).
- Con el comprobante de examen práctico aprobado, acercate a la oficina de Licencias de Conducir para retirar el carnet.
Importante
- Concurrí con bolígrafo propio, sin acompañantes y con fotocopia de la documentación solicitada.
- Para evitar retraso, te aconsejamos observar y abonar las infracciones de tránsito que puedan existir a nombre del titular que hará el trámite.
- Si la persona es discapacitada, debe presentar el certificado de discapacidad (original y fotocopia).
- El DNI debe tener como mínimo 30 días de antigüedad.
- En caso que tu licencia NO sea nacional, o NO haya sido emitida por algún municipio de la Provincia de Buenos Aires, deberás concurrir con CERTIFICADO DE LEGALIDAD.
- No se puede sacar la categoría A.1.4 (Motocicletas de más de 300cc o 20kw) y A.2.2 (Triciclos y cuatriciclos sin cabina de más de 300cc o 20kw). Para realizarlo se requiere antigüedad.