1)  En el caso de establecimientos que resulten encuadrados en la segunda o tercera categoría, para obtener la habilitación industrial deberá obtener un Certificado de Aptitud ambiental (CAA) para el cual deberá presentar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). El contenido de la misma está estipulado para los siguientes casos:

 industrias de segunda categoría pre – existentes
 industrias de segunda categoría a instalarse
 industria de tercera categoría instaladas o pre- existentes
 industrias de tercera categoría instaladas o pre – existentes
 agrupaciones industriales pre – existentes
 agrupaciones industriales a instalarse

2)  Los establecimientos que resulten encuadrados en la primera categoría, deberán presentar ante el municipio la documentación que corresponda para los siguientes casos:

primera categoría con POT instalada <15 HP O PERSONAL TOTAL<5
primera categoría con POT instalada>15HP O PERSONAL TOTAL>5

3)  La autoridad de aplicación podrá solicitar que se adjunten estudios o permisos referentes a Recursos Hídricos, Emisiones Gaseosas a la atmósfera, Ruidos molestos al vecindario, Sistema de Almacenamiento de Hidrocarburos, Aparatos Sometidos a Presión y cualquier documentación técnico/legal que se considere necesaria para sustentar lo declarado.

4)  Los resultados se reflejarán en un informe técnico en base al cual se otorgará o se denegará el CAA (Certificado de Aptitud Ambiental). Dicho Certificado tendrá una validez de DOS años. Transcurrido el plazo se podrá realizar la renovación del mismopresentandounaDeclaración Jurada ratificando la vigencia de las condiciones declaradas anteriormente y una Auditoria Ambiental.

5)  Luego de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental, se realizará la fiscalización “in situ” que corresponda y se podrá continuar el trámite para obtener la habilitación Municipal definitiva.